En un caso complejo que involucró un accidente grave de camión, nuestro equipo legal obtuvo un acuerdo global de 2,5 millones de dólares para tres clientes que sufrieron lesiones importantes. El accidente, causado por un conductor de camión negligente, provocó importantes gastos médicos y un dolor continuo para las víctimas.
El demandante 1, una mujer de 39 años en el momento del accidente en cuestión, junto con un pasajero masculino de 30 años, el Plaintiff-2, y una pasajera de 43 años, el Plaintiff-3, viajaban por una calle pública de South Whittier, California; tiempo durante el cual el conductor contrario, que en ese momento conducía un remolque de tractor, viajaba aproximadamente a 35 millas por hora y sin prestar atención al tráfico que lo rodeaba, hizo un cambio de carril por el carril de circulación de los demandantes y chocó gravemente con todo el lado del conductor del vehículo de los demandantes. Las fuerzas del impacto provocaron que el remolque del conductor contrario se atascara con el vehículo de los demandantes, lo que lo inmovilizó en la acera derecha y arrastró el vehículo de los demandantes varios metros, al tiempo que chocó el vehículo de los demandantes contra la acera derecha varias veces (impactos múltiples) y, finalmente, provocó que el vehículo de los demandantes chocara contra un terraplén de la acera, antes de que ambos vehículos se desprendieran.
La intensidad del impacto ha causado a los demandantes miles de dólares en daños personales. Se pone de manifiesto que el demandado no prestó atención al tráfico que lo rodeaba, lo que precipitó una colisión con el vehículo de los demandantes. El demandado conducía el vehículo de manera tan imprudente, en violación de los siguientes códigos de vehículos de California: 22107: «Ninguna persona desviará un vehículo desde un rumbo directo ni se moverá a la derecha o a la izquierda en una carretera hasta que dicho movimiento se pueda realizar con una seguridad razonable y solo después de emitir una señal adecuada de la manera prevista en este capítulo en caso de que cualquier otro vehículo pueda verse afectado por el movimiento». 22350 — «Ninguna persona conducirá un vehículo en una carretera a una velocidad superior a la razonable o prudente teniendo debidamente en cuenta el clima , la visibilidad, el tráfico, la superficie y el ancho de la carretera y, en ningún caso, a una velocidad que ponga en peligro la seguridad de las personas o los bienes». 23103 — «(a). Una persona que conduzca un vehículo por una carretera haciendo caso omiso deliberado o injustificado de la seguridad de las personas o los bienes es culpable de conducir de manera imprudente».
Como resultado de su accidente automovilístico, la demandante 1 sufrió lesiones en el cuello, la parte media de la espalda, la parte inferior de la espalda, el hombro izquierdo y la muñeca derecha, además de dolores de cabeza. Las lesiones de la demandante 1 fueron lo suficientemente importantes como para incurrir en 252.000 dólares en gastos médicos. La demandante 1 tuvo que someterse a una cirugía de la columna lumbar, por lo que ahora tiene un dolor lumbar esporádico continuo, por lo que necesitará un tratamiento quiropráctico y de fisioterapia intermitente en el futuro.
Como resultado de su accidente automovilístico, el demandante 2 sufrió lesiones en el cuello, la parte superior de la espalda, la parte media de la espalda, la parte inferior de la espalda y el hombro izquierdo, además de dolores de cabeza. Las lesiones del demandante 2 fueron lo suficientemente importantes como para incurrir en 161,000 dólares en gastos médicos. Plaintiff-2 tuvo que someterse a una cirugía de la columna lumbar, por lo que ahora tiene un dolor lumbar esporádico continuo, por lo que necesitará un tratamiento quiropráctico y de fisioterapia intermitente en el futuro.
Como resultado de su accidente automovilístico, la demandante 3 sufrió lesiones en el cuello, la parte media de la espalda, la parte inferior de la espalda, el hombro bilateral y la cadera bilateral, además de dolores de cabeza. Las lesiones de la demandante 3 fueron lo suficientemente importantes como para incurrir en gastos médicos por valor de 311.000 dólares. La demandante 3 tuvo que someterse a una cirugía de la columna cervical, por lo que ahora tiene un dolor continuo y esporádico en la columna cervical, por lo que necesitará un tratamiento quiropráctico y de fisioterapia intermitente en el futuro.
Los demandados impugnaron las reclamaciones de los demandantes por lesiones y daños. Los demandados también cuestionaron la razonabilidad y la necesidad del tratamiento médico de los demandantes. Sin embargo, a través del testimonio de médicos expertos, se determinó que las lesiones y el tratamiento de los demandantes eran razonables y necesarios, teniendo en cuenta los múltiples impactos. Los señores Khakshooy y Agarwal lograron obtener un acuerdo global de 2.500.000 dólares para los demandantes.
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