En julio de 2021, una mujer de 49 años sufrió heridas graves en una colisión en Pomona debido a un giro de 180 grados imprudente. Si bien la acusada cuestionó sus lesiones, el testimonio pericial confirmó la necesidad de recibir un tratamiento médico exhaustivo, lo que llevó a la resolución exitosa del caso en octubre de 2024.
La demandante, una mujer de 49 años en el momento del accidente en cuestión, viajaba por una calle pública ubicada en Pomona, California. Durante el viaje del demandante, el demandado, que en ese momento estaba sentado en paralelo estacionado en el arcén derecho del lado opuesto de la misma calle por la que viajaba el demandante, de repente y sin previo aviso, dio un giro en U inseguro desde su posición estacionada y chocó con el neumático trasero del lado del conductor y el cuarto panel del vehículo del demandante.
La intensidad del impacto ha causado al demandante miles de dólares en daños personales. Se manifiesta que el demandado no prestó atención a su velocidad ni al tráfico que lo rodeaba, lo que precipitó una colisión con el vehículo del demandante. El demandado conducía el vehículo de manera tan imprudente, en violación de los siguientes códigos de vehículos de California: 21801 — «(a). El conductor de un vehículo que pretenda girar a la izquierda o completar un giro en U en una carretera, o girar a la izquierda para entrar en una propiedad pública o privada, o en un callejón, cederá el paso a todos los vehículos que se acerquen desde la dirección opuesta y estén lo suficientemente cerca como para constituir un peligro en cualquier momento durante el movimiento de giro, y seguirá cediendo el paso a los vehículos que se aproximen hasta que se pueda girar a la izquierda o en U con una seguridad razonable» 22. 350 — «Ninguna persona conducirá un vehículo en una carretera a una velocidad superior a la razonable o teniendo debidamente en cuenta las condiciones meteorológicas, la visibilidad, el tráfico, la superficie y el ancho de la carretera y, en ningún caso, a una velocidad que ponga en peligro la seguridad de las personas o los bienes». 23103 — «(a). Una persona que conduzca un vehículo por una carretera haciendo caso omiso deliberado o injustificado de la seguridad de las personas o los bienes es culpable de conducir de manera imprudente».
El demandado impugnó las reclamaciones del demandante por lesiones y daños. El demandado también cuestionó la razonabilidad y la necesidad del tratamiento médico del demandante. Sin embargo, a través del testimonio de médicos expertos, se determinó que las lesiones y el tratamiento del demandante eran razonables y necesarios, teniendo en cuenta la gravedad del impacto. Los señores Khakshooy y Agarwal lograron recuperar 1.250.000 dólares para el demandante.
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